Intervenciones


DIARIO DE LOS DEBATES

Segunda Legislatura Ordinaria de 2002
Sesión
Martes 4 de marzo de 2003

SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2002

SESIÓN DE INSTALACIÓN MARTES 4 DE MARZO DE 2003
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES CARLOS FERRERO Y NATALE AMPRIMO PLÁ

Se inicia el debate del texto sustitutorio contenido en el dictamen unánime de la Comisión de Economía, recaído en los proyectos de ley Núms. 1333/2001-CR, 2908/2001-CR, 3386/2002-CR, 3951/2002-CR, 4270/2002-CR y 4357/2002-CR, que propone modificaciones a la Ley N.° 26461, Ley de los Delitos Aduaneros; se abre un cuarto intermedio sobre la ponencia y, finalmente, la Presidencia dispone postergar su discusión

Señor Mufarech, tiene dos minutos.

El señor MUFARECH NEMY (PP).- Gracias, señor Presidente.

En dos minutos no puedo hacer un resumen del trabajo que han hecho los presidentes de las comisiones, señores Jacques Rodrich y César Zumaeta. Éste es un trabajo que vengo haciendo hace 20 años. Deme unos minutos más, señor Presidente, por favor.

Mediante la Ley N.° 26461, del año 1995, se aprobó la Ley de los Delitos Aduaneros, tomando como referencia la necesidad de perfeccionar y complementar la legislación existente relacionada con los problemas que afectan la economía, la industria y las fuentes de trabajo nacionales.

El país pierde anualmente no menos de 700 millones de dólares debido al contrabando, la defraudación de rentas y los demás delitos aduaneros, dañando gravemente al aparato productivo y originando la pérdida de miles de puestos de trabajo.

Nadie habla del valor agregado. Cada producto que llega a la Aduana o evade los derechos aduaneros se vende luego en tres o cuatro veces más, y la presión tributaria de cualquier producto es de más de 30 por ciento, similar al valor de la Aduana y del IGV. Por lo tanto, la evasión llega a tres veces más.

Hoy se propone una nueva fórmula, que permite por primera vez combatir en forma efectiva y ejemplar estos delitos. Esta fórmula legal ha sido elaborada por las comisiones de Comercio Exterior y de Economía...

Por favor, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Carlos Ferrero).- Solicitamos silencio en la Sala, en particular al grupo heterogéneo integrado por los congresistas Helfer, Palomino, Taco, Flores. Por favor, regresen a sus curules.

Muchas gracias.

El señor MUFARECH NEMY (PP).- Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Carlos Ferrero).- Señora De la Mata, congresista Mulder, el congresista Mufarech pide que lo escuchemos.

El señor MUFARECH NEMY (PP).- Esta fórmula legal ha sido elaborada por las comisiones de Comercio Exterior y de Economía, contando con la colaboración de funcionarios de Sunat-Aduanas y de otros destacados profesionales en la materia, con quienes hemos trabajado y coordinado largamente este tema.

En los dictámenes se ha recogido casi la totalidad de los aportes formulados en los diferentes proyectos.

Paso a detallar algunos aspectos.

Hasta la fecha, la tentativa de internar mercancías de contrabando por distintos puestos aduaneros no había sido sancionada con pena efectiva alguna, ya que -según el criterio de algunas autoridades aduaneras, policiales, fiscales y judiciales- en esos casos no se había consumado el delito, pese a que estas mercancías eran ya encontradas en territorio patrio.

El proyecto propone sancionar la tentativa del delito de contrabando con la misma pena que corresponde al delito consumado, tal como ocurre exitosamente en México, Costa Rica y Chile.

Fenómeno similar se advierte con aquellas mercancías no declaradas que, estando listas para su salida del territorio, no hubieran sido sometidas al despacho aduanero, detectándose ello antes de su salida.

Los dictámenes plantean definir la tentativa como el hecho por el que el sujeto comienza la ejecución del delito pero no lo llega a consumar al ser detectado, sancionándolo con plena privativa de la libertad de cinco a ocho años.

La ley vigente establece como monto mínimo para el delito de contrabando el equivalente a cuatro unidades impositivas tributarias. Por ello, quien delinque fracciona los cargamentos ilegales para que, en caso de ser detectado, no se encuentre incurso en el delito y sea considerado como una infracción de contrabando.

Ello hace imposible el castigo penal, por lo que se plantea la reducción del monto a dos UIT, lo que permitirá penalizar conductas no contempladas en la legislación vigente.

Otra innovación que complementa lo anterior es la propuesta de sancionar el contrabando fraccionado, modalidad empleada para evadir la pena efectiva. Por ello, se propone acumular los montos de las mercancías detectadas en infracción de contrabando cuando se evidencie similar unidad de propósito, autor y medios empleados. Entonces, siempre que alcancen o superen en conjunto el valor de dos UIT, se propone una sanción de cinco a ocho años de pena privativa de la libertad.

Asimismo, recién en este texto es considerada como una defraudación de rentas de aduana la omisión del pago de impuestos antidumping o compensatorios, penalizándola con cinco a ocho años de pena privativa de libertad, en cautela de la producción nacional y para combatir la competencia desleal que cada día se viene incrementando.

Un problema detectado en la administración del servicio aduanero, que pretende solucionarse con esta norma, es la defraudación de rentas por alteración de la descripción de marcas, códigos, series, etiquetados o rotulados de las mercancías sujetas a importación.

El caso de Mesa Redonda lo debemos recordar como uno de los hechos más trágicos de nuestro país, el cual se pudo haber evitado si se hubiera controlado todo lo referido con el rotulado. Por ello, es necesario penalizar una modalidad que hasta hoy es calificada como infracción, constituyendo en realidad una modalidad de defraudación encubierta.

La aguda crisis económica ha hecho que en los últimos años los capitalistas de contrabando aprovechen su condición para inducir a hombres y mujeres desempleados a cometer estos delitos, por lo que es necesario establecer penalidades más drásticas para los que financian el contrabando, determinándose una pena privativa de libertad de 12 a 15 años.

En este sentido, también se contempla como circunstancias agravantes la utilización de menores, ancianos, enfermos o mujeres embarazadas para la comisión de estos actos, lo que la ley actual no considera.

También se incorpora como agravantes la intervención...

El señor PRESIDENTE (Carlos Ferrero).- El congresista que está exponiendo solicita que la sala colabore con él.

El señor MUFARECH NEMY (PP).- Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Carlos Ferrero).- Congresista, le queda un minuto.

El señor MUFARECH NEMY (PP).- También se incorpora como agravante la intervención en estos delitos de un funcionario público o integrante de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional, a quien por ley se le encarga la represión de estos ilícitos o la función de apoyo a estas tareas. Lo mismo es para el agente que ejerce funciones públicas por delegación del Estado.

En este aspecto, se incorpora también como agravante la intervención de un funcionario o servidor del Ministerio Público o del Poder Judicial que retarde, dificulte o impida la acción de la justicia o aplique un tipo penal distinto al que corresponde para favorecer al investigado o procesado por delitos aduaneros. Esta modalidad ha permitido dejar en la impunidad a cientos de personas que se valieron de estas debilidades para evadir la justicia.

Asimismo, se propone una inhabilitación mucho más drástica de los funcionarios públicos y la inhabilitación o pase al retiro de los efectivos de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas que incurran en estos actos. La ley penal vigente establece una inhabilitación genérica de hasta cinco años.

El éxito de la colaboración eficaz en la lucha contra la corrupción nos permite proponer la aplicación de la misma modalidad para el caso de los delitos aduaneros, pudiendo significar la exención o remisión de la pena para los que colaboren. Este beneficio no es extensivo a los cabecillas de las organizaciones dedicadas al contrabando y a los reincidentes.

Las irregulares adjudicaciones de mercancías efectuadas por Aduanas, detectadas en los últimos años, obligan a redefinir este campo, proponiéndose que los comestibles incautados en acciones represivas a los delitos aduaneros sean adjudicados inmediatamente a los programas alimentarios, previo análisis, por supuesto; que las medicinas y equipos médicos y odontológicos sean adjudicados al Ministerio de Salud; y que el material educativo vaya al Ministerio de Educación.

Se asegura el control de estos actos al determinar que se reporten mensualmente a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales, prohibiéndose la transferencia o enajenación. La lucha contra el contrabando y demás delitos aduaneros debe involucrar a todos los peruanos ahora que se ha declarado de interés nacional la lucha contra estos delitos.

Por eso se plantea que Sunat pueda percibir el 5 por ciento de los fondos que se generen con los remates de las mercancías para solventar campañas educativas y de prevención contra los delitos aduaneros.

El señor PRESIDENTE (Carlos Ferrero).- Señor congresista, su tiempo ha concluido.

El señor MUFARECH NEMY (PP).- Creo que el tema es muy importante, señor Presidente. En dos o tres minutos podré terminar.

En algunos puntos de la frontera los contrabandistas superan, en logística y número, a los efectivos destinados a combatir estos delitos, por lo que se propone el apoyo de la Policía Nacional, bajo responsabilidad, a la lucha contra los delitos y, cuando las circunstancias lo requieran, la colaboración de las Fuerzas Armadas, cuya participación en la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros ha sido oficializada hoy por la Comisión de Economía. Su función deberá incluir el almacenaje de mercancías y unidades incautadas. Esto es en el caso de lugares de frontera, como Huancané o Tumbes.

A medida que avanza la tecnología, avanzan también las modalidades empleadas para defraudar al Estado. Por ello se ha determinado la necesidad de considerar incursos en el delito informático a aquellos que teniendo acceso al sistema informático Sunat-Aduanas empleen o faciliten a terceros sus códigos o claves de acceso para alterar información relativa a las mercancías en el sistema aduanero.

En ese caso, se plantea incorporar el artículo 207-D al Código Penal para regular el delito informático como una modalidad de defraudación de rentas, sancionándolo con una pena privativa no menor de cinco ni mayor de ocho años.

A mayor nivel educativo, menor incidencia delictiva. Por ello, se propone que temas relacionados con el combate al contrabando, la defraudación de rentas de aduanas y la evasión fiscal sean incorporados a las currículas educativas en los distintos niveles y centros de enseñanza.

El dictamen de la Comisión de Comercio Exterior y Turismo incorpora la figura de responsabilidad solidaria entre el importador y la empresa verificadora, ya que se ha evidenciado reiteradamente que las importaciones efectuadas en el país de productos subvaluados han sido refrendadas con los informes de verificación o certificados de inspección de las empresas verificadoras, con lo que convalidaron la defraudación.

Por ello, resulta necesario que estas empresas, que obtienen ingresos libres de impuestos superiores a los 80 millones de dólares anuales, también asuman verdaderamente su responsabilidad ante la ineficiencia comprobada.

Por último, quiero solicitar al Presidente de la Comisión de Economía que el punto antes expuesto sea incorporado en su dictamen. Asimismo, que acepte la colaboración y/o participación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra estos delitos. En cuanto al almacenamiento temporal de las mercancías, que ello sea comunicado inmediatamente a la Sunat por las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

También pido que se incorpore una inhabilitación de cinco años para los funcionarios públicos que estuvieran incursos en la comisión de los delitos aduaneros, y que la tramitación de estos delitos se viabilice a través de proceso sumario y no ordinario, como lo es hoy día.

De esta forma evitaremos que se dilate el tiempo y lograremos que se sancione oportunamente a los responsables y se rematen las mercancías con mayor celeridad, evitando que éstas se malogren, deterioren o sean robadas de los almacenes aduaneros, como sucede desde hace 10 años.

Muchas gracias, señor Presidente.