INTEGRANTES
Por mandato
expreso de la Ley 27980, Ley de creación de la Comisión
Revisora del Código del Medio Ambiente y de los Recursos
Naturales (artículo 3), está constituida
por:
Artículo 3.- De la conformación
La Comisión Especial creada por la presente Ley
está constituida por representantes de las siguientes
entidades:
- 3 (tres) representantes del Congreso
de la República,
uno de los cuales la presidirá;
- 2 (dos) del Consejo
Nacional del Ambiente - CONAM, quien tendrá a
su cargo la Secretaría Técnica
de la Comisión;
- Uno del Ministerio de Agricultura;
- Uno del Ministerio
de la Producción;
- Uno del Ministerio de Energía
y Minas;
- Uno del Ministerio de Educación;
- Uno del Ministerio
de Salud;
- Uno de la Defensoría del Pueblo;
- Uno de Instituto
de Investigaciones de la Amazonía
Peruana;
- Uno de los Gobiernos Regionales,
elegido por sus representantes en el
Consejo
Nacional de
Descentralización;
- Uno de las
Municipalidades, elegidos por sus representantes
en el Consejo
Nacional de Descentralización;
- Uno
de la Asamblea Nacional de Rectores
- ANR;
- Uno de las ONGs, elegido a través
de sus redes; y,
- Uno de las organizaciones
empresariales.
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