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ANTECEDENTES
El 08 de setiembre de 1990 se publicó el “Código
del Medio Ambiente y los Recursos Naturales” (Decreto
Legislativo 613). Desde su entrada en vigencia se han expedido
un conjunto de normas, algunas de las cuales han precisado
o derogado muchos de sus artículos. En este sentido,
el Decreto Legislativo Nº 757 “Ley Marco para
el crecimiento de la Inversión Privada” derogó con
su primera Disposición Final, los artículos
8, 17, 18, 56, 57, 58, 89, 107, y 115 y los capítulos
XXI y XXII del mismo.
Con el propósito de restablecer la sistemática
y coherencia del Código del Medio Ambiente y los
Recursos Naturales, de acuerdo a la realidad nacional
y a lo dispuesto en diversos documentos internacionales
suscritos por el Perú, se advirtió la necesidad
de constituir una Comisión Revisora de la citada
norma, la cual fue creada mediante la Ley Nº 27980.
De acuerdo al artículo 1º de la Ley, se constituyó una
Comisión encargada de revisar el texto del Código
del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, normas modificatorias
y conexas, a fin de elaborar un Anteproyecto de Ley de
Reforma, respecto a los artículos cuya modificación
se considere pertinente.
La Comisión, de acuerdo al artículo 2 de
la Ley, tiene un plazo de 180 (ciento ochenta) días
naturales, contados a partir del día siguiente a
su instalación, para presentar el “Anteproyecto
ante la Comisión de Ambiente y Ecología del
Congreso de la República, para su dictamen y posterior
debate en el Pleno del Congreso de la República.
Dicha instalación se efectuó el 17 de octubre
del año 2003, razón por la cual, su vigencia
vence el 18 de abril del año 2004.
La Presidenta de la Comisión, Congresista Fabiola
Morales ha solicitado a la Comisión de Medio Ambiente
y de los Recursos Naturales, la ampliación del plazo
a 120 días más a fin de continuar con la
etapa de redacción de la totalidad del texto del
Anteproyecto del Código del Medio Ambiente, y su
posterior presentación en el pleno.
FABIOLA MORALES, PRESIDENTA
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