Boletín de Negaciones sobre Discapacidad

Volumen I, No.8 - 8 de agosto, 2002

Traducción: María Verónica Reina

Carta abierta a los delegados

No cabe duda de que esta primera reunión del Comité Ad Hoc ha presentado importantes oportunidades y desafíos. La comunidad internacional de la Discapacidad, representada aquí por la Asamblea formada en esta reunión, y la comunidad amplia que sigue estrechamente el trabajo del comité desde lejos, están deseosas de reconocer el progreso que se ha hecho.

El hecho de que tanto se haya alcanzado tan rápidamente es un testimonio de las naciones que han demostrado su compromiso con este proceso, y, por supuesto, a sus ciudadanos con discapacidades, tomando un papel completo y activo dentro del Comité.

Debemos también reconocer con orgullo los esfuerzos formidables de la propia comunidad de personas con discapacidad. Las horas trabajadas, las alianzas formadas y la fenomenal determinación a tener éxito, que ha estado clara desde el principio, demuestra que nuestra comunidad es, de hecho, un agente de gran alcance para el cambio.

No puede negarse que, a pesar del largo camino recorrido por las personas con discapacidades para alcanzar este punto, permanece lejos de nosotros la línea de llegada. Pues hemos sido testigos de que el progreso hacia una convención se puede interrumpir sin advertencias y con resultados dramáticos. El desafío para el movimiento de la discapacidad es comprometer plenamente la implicación las organizaciones de base – incluyendo a las personas con discapacidad - para asegurar que los gobiernos nacionales entiendan cuánto significa esta convención para nosotros.

Mientras obviamente hemos establecido claramente la necesidad urgente de una protección más eficaz de nuestros derechos humanos y libertades fundamentales nuestros esfuerzos también se han concentrado en la equiparación de los asuntos de la discapacidad. Nos compromete no sólo el desarrollo de una convención eficaz para proteger los derechos humanos de personas con discapacidades, sino también recordar a la comunidad internacional los altos ideales que ha establecido por sí misma:

"el reconocimiento de la dignidad inherente y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana es el fundamento de la libertad, la justicia y la paz en el mundo." Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948.

Agradecemos especialmente:

El patrocinio para el Boletín de las Negociaciones sobre Discapacidad de hoy fue proporcionado por el Consejo de Canadienses con Discapacidades

Base de datos de Derechos Humanos

Durante los últimos tres años, Disability Awareness in Action [DAA] una red de la discapacidad internacional y los derechos humanos, con base en Londres (Reino Unido) ha estado compilando una base de datos sobre abusos de los derechos humanos contra la gente discapacitada, en nombre de la comunidad internacional de la discapacidad. Además de preparar informes regulares sobre la evidencia contenida en la base de datos, una gran cantidad de organizaciones de personas discapacitadas han entrado en contacto con DAA, para obtener la información relevante para sus campañas con gobiernos nacionales y regionales. El DAA estaría encantado de responder a las peticiones específicas para tal información de otras organizaciones de personas discapacitadas. Finalmente, las personas discapacitadas como individuos y sus organizaciones han sido una fuente vital de la información para la base de datos. Si se hace un informe documentado, por ejemplo con el adjunto de un periódico, un artículo o un papel académico, proporcionando la información confiable del abuso de los derechos humanos contra personas con discapacidades, se puede enviar una copia, junto con los detalles completos de la publicación de la cual fue obtenida (nombre de la publicación, las páginas, autor, fecha de la publicación y editor) y será publicado.

DAA,

11 Belgrave Road,

London SW1V 1RB,

United Kingdom.

Telephone: + 44 207 834 04477 E-mail: research@daa.org.uk

 

Tortura y otros malos tratos

Los tratados fundamentales en derechos humanos reconocen el derecho a no ser sometido a torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, siendo el mismo, en ciertos casos, una regla de derecho internacional usual. Las personas con discapacidades son particularmente vulnerables a la tortura y otras formas de trato inhumano o degradante suministrado a ellos por sus cuidadores, y las violaciones en su contra podrían pasar desapercibidas dado su emplazamiento en ámbitos institucionalizados y en otros lugares los cuales están aislados y resguardados de inspección. Significativamente, el Comité de Derechos Humanos de la ONU el cual monitorea la implementación del Pacto sobre Derechos Civiles y Políticos ha reconocido que los Estados tienen una clara responsabilidad por las violaciones de los derechos humanos que ocurren en instituciones privadas para personas con discapacidades

Ejemplo: En Shtime, una institución para personas con discapacidades mentales de Kosovo, en el sector masculino hay un cuarto con un grupo de 10 a 15 hombres con discapacidades intelectuales que pasan todo el día sentados en banquetas sin hacer nada, con personal constantemente vigilando para que permanezcan sentados.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y

Políticos. Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976.

Artículo 7

Nadie será sometido a tor

turas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos.

Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. G.A. res. 39/46, [anexo, 39 U.N. GAOR Supp. (No. 51) a 197 Doc. ON

U A/39/51 (1984)], en vigencia el 26 de junio de 1987.

Artículo 2

1.- Todo Estado Parte tomará medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole, eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción.

2.- En ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estados de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura.

3.- No podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura.

Artículo 14

1. Cada Estado Parte se asegurará de que en su sistema legal la víctima de un acto de tortura obtenga rehabilitación y el derecho obligatorio de una compensación adecuada y justa. En el caso de muerte de la víctima como resultados de un acto de tortura, sus descendientes tendrán derecho a una compensación.

2. Nada en este artículo podrá afectar cualquier derecho de la víctima o de otras personas a ser compensados por lo que determinan las leyes nacionales.

Explotación sexual y abusos relacionados

El abuso sexual, la explotación sexual, y el abuso doméstico son todas las formas de abuso a las cuales las personas con discapacidades pueden ser particularmente vulnerables, a pesar del hecho de que las disposiciones existentes de derechos humanos proporcionan el derecho de estar libres de tal abuso. Las instituciones y otros sitios exponen con frecuencia a las personas con discapacidades al trato de individuos abusivos, al mismo tiempo que dejan a los individuos abusados sin medios adecuados de la compensación de parar el abuso o de llevar a los abusadores a la justicia. La probabilidad del abuso es incluso mayor para los que puedan no estar en posición de reconocer completamente algunas formas más sutiles de abuso emocional o psicológico debido a la naturaleza de su discapacidad (por ejemplo, discapacidades de desarrollo o intelectuales).

Ejemplo: Un estudio 1995 comisionado por la Asocia

ción Nacional canadiense para la vida comunitaria encontró que a lo largo del país el 83% de mujeres con discapacidades serán abusados sexual en el transcurso de sus vidas.

Convención sobre las Derechos del Niño, Res.AG 44/25, Anexo 44 Supp. No. 49 167, Doc ONU. A/44/49, entró en vigor el 2 de setiembre de 1990

Artículo 34

Los estados parte se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación sexual y de abuso sexual. Para estos propósitos, los estados tomarán en particular todas las medidas nacionales, bilaterales y multilaterales apropiadas para prevenir: a) El estímulo o la coerción de un niño a entablar cualquier actividad sexual ilegal; b) La explotación de niños en la prostitución u otras prácticas ilegales; c) La explotación de niños en funciones y materiales pornográficos

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer AG Res. 34/180, 34ORAG ONU Supp. El No. 46 en 193, Doc. ONU A/34/46, entró en vigor el 3 de setiembre de 1981

Artículo 6

Los estados

parte tomarán todas las medidas apropiadas, incluyendo la legislación, de suprimir todas las formas de tráfico en mujeres y la explotación de la prostitución de mujeres.

Normas Uniformes de las Naciones Unidas

El artículo 9 hace un llamado específicamente para que los estados tomen medidas de disminuir las incidencias del abuso, y de educar a la población para cómo identificar las víctimas del abuso y tomar acción para divulgar tal abuso.

LA FEDERACIÓN MUNDIAL DE SORDOS (WFD)

Establecida en Roma, Italia, e

n 1951, WFD es una organización central internacional, no gubernamental de asociaciones nacionales de personas sordas, actualmente tiene asociaciones afiliadas en 125 países por todo el mundo. Miembros asociados, miembros internacionales y miembros individuales constituyen la membresía de WFD.

La filosofía de WFD es la igualdad de derechos humanos y el respeto por todas las personas, sin importar la raza, la nacionalidad, la religión, el género, la preferencia sexual, la edad y el resto de las diferencias. WFD promueve y da apoyo con su trabajo en muchas convenciones de Naciones Unidas sobre derechos humanos, centrándose en la población sorda que utiliza lengua de señas, sus amigos y familia. WFD apunta a la solidaridad y la unidad para hacer del mundo un lugar mejor.

Las prioridades actuales de WFD incluyen el reconocimiento y la promoción de la lengua de señas, de la educación sorda de bilingüe/multilingüe, de las personas sordas en países en vías de desarrollo, de la consolidación de las asociaciones de sordos nacionales y regionales, y del establecimiento de tales asociaciones donde no existe ninguna actualmente.

WFD tiene status consultivo en el sistema de Naciones Unidas (la ONU), incluyendo el Consejo Económico y Social (ECOSOC); la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura de la ONU (la UNESCO); la Organización Internacional del Trabajo (la OIT); y la Organización Mundial de la Salud (WHO). WFD también coopera estrechamente con el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, y tiene representantes en el panel de expertos en las Normas Uniformes de la ONU para la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidades. WFD es miembro de la Alianza Internacional de la Discapacidad (IDA).

World Federation of the Deaf

General Secretariat

PO Box 65

00401 Helsinki

FINLAND

Email: info@wfdnews.org

Web site: www.wfdnews.org

 

Queremos agradecer a la delegación de EEUU al comité Ad Hoc por encontrar un

a solución, de su propia iniciativa, para un participante extranjero de una ONG que fue efectivamente excluido de la reunión del Comité Ad Hoc por la tecnología de audio en la sala de reuniones de las Naciones Unidas, que es antigua y no compatible con el auxilio audiotécnico correspondiente.

Las siguientes organizaciones apoyan la edición de este boletín y están comprometidas con el d

esarrollo de una convención internacional de derechos humanos para las personas con discapacidades fuerte y efectiva y con que ese proceso sea transparente, inclusivo u participativo. Si su organización quiere adherir su nombre a este grupo, por favor contacte con Elaine Belmear en ebelmear@att.net. Si tiene sugerencias para este boletín, contacte con el Staff.

American Association of People with Disabilities

American Council of the Blind

Center for International Rehabilitation

China Disabled Persons’ Federation

Council of Canadians with Disabilities

Disability Awareness in Action

Disabled Peoples’ International

European Disability Forum

Inclusion International

Inter-American Institute on Disability

Israeli Association Against Psychiatric Assault

Japanese Federation of the Deaf

Landmine Survivors Network

Mental Disability Rights International

Not Dead Yet

North Saskatchewan Independent Living Centre Inc.

Rehabilitation International

People Who

Support Coalition International

United States International Council on Disabilities

World Blind Union

World Federation of the Deaf

World Federation of the Deafblind

World Federation of Mental Health

World Institute on Disability

World Network of Users and Survivors of Psychiatry

 

Staff de Publicación:

Joelle Balfe, Campaign Development Group, EEUU

Elaine Belmear, Landmine Survivors Network, EEUU

Rosangela Berman-Bieler, Inter-American Institute on Disability, Brasil

Steven Estey, Disabled Peoples’ International, Canadá

Richard Light, Disability Awareness in Action, UK, (Representante deDPI)

Janet E. Lord, Landmine Survivors Network, EEUU

Kicki Nordstrom, World Blind Union, Suecia

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