Quincuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 111 b) del programa provisional*
Cuestiones relativas a los derechos humanos: cuestiones
relativas a los derechos humanos, incluidos distintos criterios
para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las
libertades fundamentales
Convención internacional amplia e integral para proteger
y promover los derechos y la dignidad de las personas con
discapacidad
Nota del Secretario General**
Tengo el honor de presentar a la Asamblea General, de conformidad con la resolución 56/168, de la Asamblea General, de 19 de diciembre de 2001, el informe del Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad.
Informe del Comité Especial encargado de preparar una
convención internacional amplia e integral para proteger
y promover los derechos y la dignidad de las personas
con discapacidad
I. Introducción
II. Cuestiones de organización
A. Apertura y duración del primer período de sesiones
B. Mesa
Presidente:
Luis Gallegos (Ecuador)
Vicepresidentes:
Enrique Manalo (Filipinas)
Jeanette Ndhlovu (Sudáfrica)
Karina Mårtensson (Suecia)
C. Programa
1. Apertura de la reunión.
2. Aprobación del programa.
3. Organización de los trabajos.
4. Debate general sobre cuestiones relativas a un nuevo instrumento internacional sobre la discapacidad, incluidas propuestas relativas a una convención internacional amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad.
5. Recomendaciones del Comité Especial.
6. Aprobación del informe que el Comité Especial presentará a la Asamblea General en su quincuagésimo séptimo período de sesiones.
7. Otros asuntos.
D. Documentación
a) Nota del Secretario General (A/AC.265/1);
b) Programa provisional (A/AC.265/L.1);
c) Lista de participantes (A/AC.265/INF/1);
d) Convención amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad: documento de trabajo presentado por México (A/AC.265/WP.1);
e) Convención amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad: documento de posición presentado por la Unión Europea (A/AC.265/WP.2);
f) Convención amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad: documento de posición presentado por China (A/AC.265/WP.3);
g) Recopilación de reglas y normas internacionales relativas a las personas con discapacidad (A/AC.265/CRP.1);
h) Los derechos humanos de las personas con discapacidad (A/AC.265/CRP.2);
i) Seminario y simposio interregionales sobre reglas y normas internacionales relativas a las personas con discapacidad (A/AC.265/CRP.3);
j) Informe de la Reunión del Grupo Consultivo de Expertos de las Naciones Unidas sobre reglas y normas internacionales relativas a las personas con discapacidad (A/AC.265/CRP.4);
k) Calendario indicativo de trabajo (A/AC.265/CRP.5);
l) Cuestiones críticas y tendencias relativas a las personas con discapacidad y los derechos humanos: nuevos problemas y conceptos (A/AC.265/CRP.6);
m) Informe de la reunión de expertos sobre la convención internacional amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad (A/57/212).
III. Organización de los trabajos
IV. Decisión sobre las modalidades de participación de las organizaciones no gubernamentales acreditadas en el Comité Especial para examinar las propuestas relativas a una convención amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad
a) Que los representantes de las organizaciones no gubernamentales acreditadas ante el Comité Especial podrán participar en los trabajos del Comité Especial:
i) Asistiendo a cualquier sesión pública del Comité Especial;
ii) Formulando declaraciones, siempre que se disponga de tiempo, de conformidad con la práctica actual de las Naciones Unidas;
iii) Cuando se disponga de tiempo limitado, seleccionando entre ellos a portavoces, de manera igualitaria y transparente, teniendo presente la representación geográfica equitativa y la diversidad de las organizaciones no gubernamentales;
iv) Recibiendo ejemplares de los documentos oficiales, así como presentando exposiciones por escrito o verbalmente. Las presentaciones escritas no se publicarán como documentos oficiales, excepto con arreglo a la resolución 1996/31 de 25 de julio de 1996 del Consejo Económico y Social. Además, las organizaciones no gubernamentales podrán distribuir sus materiales a las delegaciones en zonas accesibles designadas por la Secretaría;
b) Las modalidades indicadas más arriba no constituirán en modo alguno un precedente para otros comités especiales de la Asamblea General.
V. Recomendaciones
Examen por el Comité de propuestas relativas a una Convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidades
"La Asamblea General,
Recordando su resolución 56/168, de 19 de diciembre de 2001, por la que estableció el Comité Especial sobre una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, así como la resolución 2002/61 de la Comisión de Derechos Humanos, de 25 de abril de 2002, sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad, y la resolución 2002/7 del Consejo Económico y Social, de 24 de julio de 2002, sobre una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, y la resolución 2002/26, de 24 de julio de 2002, sobre la promoción ulterior de la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y la protección de sus derechos humanos.
Destacando la importancia de una participación activa de las organizaciones no gubernamentales en los trabajos del Comité Especial, y la importante contribución de las organizaciones no gubernamentales a la promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad,
Subrayando que el examen de propuestas acerca de una convención debe complementar los esfuerzos concretos para incluir la perspectiva de la discapacidad en la aplicación de las obligaciones internacionales y en los mecanismos de supervisión de las seis convenciones básicas de derechos humanos de las Naciones Unidas, así como el proceso de ejecución y fortalecimiento de las Normas uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad,
Acogiendo con satisfacción los trabajos de las reuniones nacionales, regionales e internacionales, de gobiernos, expertos y organizaciones no gubernamentales que han contribuido a las tareas del Comité Especial,
Reafirmando la necesidad de promover y proteger el disfrute igual y efectivo de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por parte de las personas con discapacidad, consciente de la contribución que una convención podría realizar en este sentido y convencida por tanto de la necesidad de continuar el examen de las propuestas;
1. Toma nota con satisfacción del informe del primer período de sesiones del Comité Especial, encargado de preparar una Convención amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad;
2. Ruega al Secretario General que transmita el informe del Comité Especial a la Comisión de Desarrollo Social en su 41° período de sesiones, así como a la Comisión de Derechos Humanos en su 59° período de sesiones;
3. Decide que el Comité Especial celebrará, dentro de los límites de los recursos existentes, al menos un período de sesiones en 2003 de una duración de diez días laborables, antes del quincuagésimo octavo período de sesiones de la Asamblea General;
4. Alienta a los Estados a que celebren reuniones o seminarios que contribuyan a los trabajos del Comité Especial en colaboración, según proceda con la División de Política Social y Desarrollo Social del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, Secretaría de las Naciones Unidas, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, el Relator Especial sobre Discapacidad y las organizaciones no gubernamentales;
5. Ruega al Secretario General que recabe las opiniones de los Estados Miembros, los Estados observadores, los organismos pertinentes y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los organismos pertinentes de derechos humanos y el Relator Especial sobre Discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social, en relación con propuestas para una Convención, en particular sobre las cuestiones relativas a su naturaleza y estructura y los elementos que deban ser tomados en consideración en la esfera del desarrollo social, los derechos humanos y la no discriminación, así como las cuestiones relativas al seguimiento y la supervisión y a la complementariedad entre un nuevo instrumento y los instrumentos actualmente existentes;
6. Ruega también al Secretario General que presente al Comité Especial en su segundo período de sesiones un informe amplio sobre las opiniones expresadas, que sería publicado al menos seis semanas antes del comienzo del segundo período de sesiones;
7. Invita a las comisiones regionales y a las organizaciones intergubernamentales, en el marco de sus respectivos mandatos, así como a las organizaciones no gubernamentales, las instituciones nacionales sobre discapacidad y derechos humanos, y los expertos independientes interesados en este asunto a que presenten al Comité Especial sus sugerencias y posibles elementos que pudieran incorporarse en las propuestas para una convención;
8. Acoge con satisfacción las aportaciones del Relator Especial sobre Discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social, y de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos a los trabajos del Comité Especial y los invita a continuar colaborando en esta esfera con el propio Comité y entre sí;
9. Insta a que se realicen nuevos esfuerzos a fin de garantizar la participación activa de las organizaciones no gubernamentales en el Comité Especial, con arreglo a la resolución 56/510 de la Asamblea General, de 23 de julio de 2002 y a la decisión del Comité Especial relativa a las modalidades de participación de las organizaciones no gubernamentales en los trabajos del Comité;
10. Insta también a que se tomen las medidas necesarias para garantizar una mejora de la accesibilidad, a las instalaciones y documentación con locales adecuados para todas las personas con discapacidad, con arreglo a la decisión 56/473 de la Asamblea, de 23 de julio de 2002;
11. Ruega al Secretario General que continúe facilitando al Comité Especial las instalaciones necesarias para la realización de sus trabajos, y a este respecto invita al Secretario General a reasignar recursos que permitan al Programa de las Naciones Unidas sobre discapacidad facilitar el necesario apoyo al Comité Especial;
12. Alienta a los Estados Miembros a que impliquen a personas con discapacidad, representantes de organizaciones de discapacitados y expertos, en el proceso de preparación de las contribuciones a los trabajos del Comité Especial;
13. Alienta a los Estados Miembros a que incluyan a personas con discapacidad u otros expertos en esta materia en sus delegaciones a las reuniones del Comité Especial;
14. Decide crear un fondo de contribuciones voluntarias de apoyo a la participación de organizaciones no gubernamentales y expertos de los países en desarrollo, en particular de los países menos adelantados, e invita a los gobiernos, la sociedad civil y el sector privado a contribuir a dicho fondo;
15. Ruega al Secretario General que transmita un informe amplio del Comité Especial a la Asamblea en su quincuagésimo octavo período de sesiones.
VI. Aprobación del informe del Comité Especial
Anexo
Listas de organizaciones no gubernamentales acreditadas ante el Comité Especial encargado de preparar una convención amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad.
Center for International Rehabilitation
Foro europeo de la discapacidad
Instituto Interamericano de Discapacidad
Red de supervivientes de las minas terrestres
Venture House
Mental Disability Rights International
Asociación civil contra la discriminación
Comité de Coordinación de Comunicaciones para las Naciones Unidas
IUS Gentium Conimbrigae Institute – Centro de derechos humanos