INFORME DEL ING. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETTI, MINISTRO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE AGRICULTURA A LA COMISION DE AMBIENTE, ECOLOGIA Y AMAZONIA DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU

1. POLITICA DEL SECTOR AGRARIO EN MATERIA AMBIENTAL

El Ministerio de Agricultura es autoridad competente en materia ambiental en el Sector Agrario, función que realiza a través de la Dirección General de Medio Ambiente Rural del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 50 de la Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada.

El Ministerio de Agricultura desarrolla su política ambiental tomando en consideración el desarrollo sostenible y el aprovechamiento racional de los recursos naturales orientados hacia el objetivo de alivio a la pobreza y protección ecológica.

Entre las principales líneas de acción, se tiene :

El Ministerio de Agricultura a través de su organismo publico descentralizado, Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, tiene como objetivo lograr un desarrollo de los Recursos Naturales Renovables con la activa participación del Sector privado y la población en general, con el propósito de lograr un crecimiento económico en forma equitativa y obtener un desarrollo sostenible.

Según su Ley Orgánica -Decreto Ley No. 25902- el Ministerio de Agricultura tiene como organismos públicos descentralizados al Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA y, el Instituto Nacional de Investigación Agraria -INIA.

El INRENA es el encargado de promover el uso racional y la conservación de los recursos naturales renovables y su entorno ecológico para lograr el desarrollo sostenible, con la activa participación del Sector Privado.

El SENASA es el encargado de desarrollar y promover la participación de la actividad privada para la ejecución de los planes y programas de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades que inciden con mayor significación socioeconómica en la actividad agraria. A su vez es el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional.

El INIA tiene a su cargo la investigación, promoción y transferencia tecnológica, con atención prioritaria en los ámbitos de Sierra y Selva. Y de modo complementario en la Costa, también tiene a su cargo la conservación, preservación y manejo de recursos geormoplásmicos.

Sus órganos desconcentrados son las Direcciones Regionales y Sub-Regionales Agrarias y las Agencias Agrarias, las cuales dependen administrativa y presupuestalmente de los Consejos Transitorios de Administración Regional.

El Ministerio de Agricultura comprende, además, el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos -CONACS que es el encargado de promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, mejoramiento y aprovechamiento, a nivel nacional, de todas las especies que conforman los camélidos sudamericanos y sus híbridos.

El Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos-PRONAMACHCS y el Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural -PETT completan su estructura orgánica principal.

En el siguiente cuadro se presenta el Marco Institucional Ambiental del Ministerio de Agricultura:

MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

ENTIDAD

FECHA DE CREACION

FECHA DE INICIO DE FUNCIONES

RECURSOS CON QUE CUENTA

NIVEL JERARQUICO

Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA 29 Nov. 1992 01 Ene. 1993 Tesoro Público Cooperación Internacional Organismo Público Descentralizado Dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura
Instituto Nacional de Investigación Agraria INIA 29 Nov. 1992 01 Ene. 1993 Tesoro Público Cooperación Internacional Organismo Público Descentralizado Dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura
Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA 29 Nov. 1992 01 Ene. 1993 Tesoro Público Cooperación Internacional Organismo Público Descentralizado Dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura
Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos CONACS 29 Nov. 1992 01 Ene. 1993 Tesoro Público Cooperación Internacional Organismo Público Descentralizado Dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura
Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos PRONAMACHCS 11 Nov. 1991 11 Nov. 1991 Tesoro Público Cooperación Internacional Organismo Público Descentralizado Dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura
Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural PETT 29 Nov. 1992 01 Ene. 1993 Tesoro Público Cooperación Internacional Organismo Público Descentralizado Dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura

C. MARCO REGULATORIO

- Competencias dadas por la ley (en materia ambiental) :

NORMA LEGAL

COMPETENCIAS

1. Decreto Legislativo Nº 757: Ley marco para el crecimiento de la Inversión Privada, 13NOV91. MINAG es autoridad sectorial ambiental
2. Decreto Ley Nº 25902: Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, 29NOV92. Formular, coordinar y evaluar políticas nacionales sectoriales en preservación y conservación de los Recursos Naturales.
3. Decreto Legislativo Nº 653: Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario, 01AGO91. La actividad agraria comprende: producción agrícola y pecuaria, actividades forestales, fauna silvestre, agroindustria y servicios agrarios.
4. Decreto Ley Nº 17752, Ley General de Aguas, sus ampliatorias, modificatorias, reglamentarias y conexas, 24JUL69. MINAG competente a nivel nacional para promover el uso racional del recurso hídrico y supervisar su aprovechamiento, así como otorgar licencias, permisos y autorizaciones a través de los ATDR
5. Decreto Ley Nº 21147: Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sus ampliatorias, modificatorias, reglamentarias y conexas. 13MAY75. MINAG, competente a nivel nacional para promover el uso racional de los recursos renovables de flora y fauna y supervisar su aprovechamiento, el otorgamiento de contratos y permisos forestales maderables y no maderables y para cazar, capturar y extraer especímenes de fauna silvestre; así como para conducir el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas (SINANPES)
6. Decretos Supremos Nº.046-93-EM y Nº 29-94-EM, 12NOV93 y 08JUN94 respectivamente. MINAG a través de INRENA emite opinión técnica sobre Estudios de Impacto Ambiental (EIA) de actividades realizadas por otros sectores dentro de las Areas Naturales Protegidas (ANP)
7. Decreto Ley Nº 0008-97-AG, Declaran como Zona Forestal Permanente el Bosque Nacional Biabo Cordillera Azul y norman su Administración, 22MAY97. La administración de la zona forestal permanente estará a cargo del INRENA, manejada bajo un régimen que garantice el mantenimiento de la cubierta boscosa ya sea con fines de producción y/o protección.
8. Decretos Supremos: Nº 013-96-AG. Vedan Extracción Forestal de Maderas y Dejan en Suspenso Contratos y Permisos de Extracción en Cuencas y Bosques, 23AGO96. Establecen veda a la extracción de madera en diferentes ámbitos geográficos de la Región Selva.

Relacionada con los recursos naturales y Medio Ambiente existen dos leyes: la Ley de Aguas y la de Forestal y Fauna Silvestre, promulgadas en 1969 y 1975 respectivamente.

Los plazos para la formulación y aprobación de las normas ambientales están dadas por la necesidad propia de establecer dispositivos que permitan brindar un marco regulatorio que fijen reglas claras y estables para la promoción de la inversión privada considerando un desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables y su entorno ecológico.

La Constitución Política del Perú establece en su artículo 66º que para el aprovechamiento de los recursos naturales, se requiere de una ley orgánica que fije las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a un titular un derecho real sujeto a dicha norma legal; y, en él articulo 67º establece que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales.

Dentro de este proceso, son tareas inmediatas la dación de una legislación especial sobre el conjunto de los recursos naturales renovables siguientes: aguas, forestal, flora y fauna silvestre; así como para las áreas naturales protegidas.

Entre las principales normas ambientales en actual formulación y gestión se tiene:

2. GESTION DE LOS RECURSOS NATURALES

El potencial de tierras del país, se distribuye de la siguiente manera:

Categoría de Tierras

Superficie

(ha)

Porcentaje

(%)

Aptas para cultivos transitorios

4 902 000

3,81

Aptas para cultivos permanentes

2 707 000

2,11

Aptas para pastos

17 916 000

13,94

Aptas para producción forestal

48 696 000

42,25

De protección

54 300 560

42,25

Total

128 521 560

100,00

Valorar económicamente nuestros recursos naturales se plantea como una necesidad para proyectarse en el mediano y largo plazo, ésta requiere como condición previa el conocimiento de la cantidad y diversidad del objeto a valorar. En el Perú se han venido realizando esfuerzos encaminados a establecer cual es la oferta potencial de nuestros recursos naturales, los que se han plasmado en estudios de inventarios y evaluación, habiendo logrado una cobertura del 60% del país.

Las actividades de valoración económica propiamente dicha, se vienen realizando con énfasis en aspectos de orden metodológico, respondiendo a necesidades específicas en actividades vinculadas a recursos naturales que tienen demanda en el mercado internacional.

Entre ellos es factible señalar una experiencia relacionada con el proceso de concesiones forestales como es el caso del Proyecto ITTO-INRENA denominado "Manejo Forestal del Bosque Nacional Alexander Von Humboldt"1 , así como la evaluación poblacional a nivel nacional de vicuñas, realizado por el INRENA en el año 1994, entre los principales.

La información estadística que actualmente procesa el Ministerio de Agricultura está referida a variables agropecuarias estando en proceso de desarrollo metodológico la valorización de los recursos naturales renovables. Un avance de lo mencionado en el caso peruano es la realización del taller "Criterios e Indicadores de Sostenibilidad" - Tarapoto, realizado con la participación de los países integrantes del Tratado de Cooperación Amazónica, en febrero último.

Actualmente se viene trabajando en el levantamiento de información vinculada con el potencial de recursos naturales existentes, complementadas con actividades relacionadas con su sistematización, que permita su inclusión en las cuentas sectoriales; ejemplo : el Centro de Informacion Estratégico Forestal conducido por INRENA , en coordinación con la Organización Internacional de Maderas Tropicales (OIMT).

- RECURSOS FORESTALES

El canon y el valor de la madera al estado natural varían según la realidad de cada Dirección Regional. Por ejemplo para la categoría de maderas de mayor valor comercial: caoba, ishpingo y tornillo el canon es de S/. 22.00 y el valor es de S/. 11.00 por metro cúbico.

- AREAS NATURALES PROTEGIDAS

El proceso para otorgar concesiones para la instalación de servicios en las áreas naturales protegidas, se cumple en diversas etapas. La primera ra y más importante es la determinación técnica en la zonificación del área, definiendo, entre otras, las zonas de recreación y sus modalidades donde estarían ubicadas las concesiones; esta etapa, se viene cumpliendo en diversas áreas naturales protegidas, siendo el caso más avanzado el del Parque Nacional Huascarán.

Existen en etapas avanzadas, los planes relativos a los Parques Nacionales Manu, Río Abiseo, Cerros de Amotape, las Zonas Reservadas Tambopata Candamo, Tumbes y Reservas Nacionales de Paracas y Lachay, entre otras unidades del Sistema Nacional.

A continuación se detallan las 45 áreas naturales protegidas por el Estado, conformadas por 8 parques nacionales, 8 reservas nacionales, 6 santuarios nacionales, 3 santuarios históricos, 11 zonas reservadas, 6 bosques de proteccion,1 reserva comunal, y 2 cotos de caza.

Como parte de la estrategia de conservación ex-situ, desde 1995 al presente, se han autorizado cuarenta (41) zoocriaderos, de los cuales treintitrés (34) están en la Costa, dos (02) en la Sierra y cinco (05) en la Selva.

Las exportaciones de especies de fauna y flora silvestres peruanas tienen mercado potencial, demanda en el mercado internacional, especialmente a USA y Europa.

La estadística de exportación en el período 93-96 es como sigue:

AÑO

NUMERO PERMISOS DE EXPORTACION

MONTO RECIBIDO

1993

1994

1995

1996

366

646

885

1,244

US$10,710

US$ 23,913

US$35,530

US$40,328

TOTAL

3,219

US$ 110,478

Se viene realizando acciones de promoción y manejo en la exportación de las especies de fauna y flora silvestres, basado en las evaluaciones poblacionales, implementación de puestos de control y vigilancia, capacitación y difusión.

Un hito importante en el manejo de fauna silvestre en el Perú fue la evaluación poblacional a nivel nacional de la vicuña (Vicugna vicugna) en 1994, ejecutado por el Ministerio de Agricultura a través del INRENA.

El caso de la vicuña constituye un ejemplo de uso sustentable de los recursos naturales. La plena participación de las poblaciones locales organizadas a través de 660 Comunidades Campesinas se hizo posible gracias al otorgamiento del derecho de propiedad sobre el recurso, garantizado así la protección y vigilancia que exhibe su éxito en la recuperación de la población de 65,500 en 1,994 a más de 100,000 en el presente año. El Guanaco cuya población es de aproximadamente 4,000 ejemplares, deberá seguir similar manejo que la vicuña.

La gestión del INRENA y del CONACS ante la CITES que en 1,994 autorizó la transferencia de todas las poblaciones de vicuñas al Apéndice II, viabilizando el comercio de la fibra y recientemente la extensión al comercio de tejidos de punto y artesanías que permiten un crecimiento sostenido de la producción y del mercado legal de la fibra, así se ha logrado elevar la producción a cinco toneladas y el precio de U.S.$ 50.00 en 1,994 a US$ 900 Kilo, con la consecuente generación de ingresos y empleo.

El modelo peruano de uso sustentable de los recursos naturales aplicado a la vicuña sirvió de ejemplo para decidir la apertura al comercio de especies tan sensibles como el elefante y el rinoceronte en la ultima reunión de la CITES, consolidando un liderazgo que ya a nivel andino se había obtenido.

Las futuras acciones para la conservación de los camélidos sudamericanos silvestres prevén la constitución de 660 módulos en igual numero de comunidades antes del año 2,000.

En los últimos tres años se ha reforzado el control y vigilancia del comercio interno y externo de la fauna y flora silvestres lo que ha implicado sancionar administrativamente, a través de multas económicas a muchos traficantes internacionales de fauna silvestre, conforme se observa a continuación :

1. Empresa Ursula Ayala F.

2. Empresa Fishes and Bird S.A

3. Domingo Bran Morales

4. Lucas Jansen

5. Em. Bio Fauna trading S.R.L

6. Rosendo Trujillo Trillo

7. Cristhian Garcia

8. Lee Young Ku

9. Young Hi Kim

10. Ales Havelka

R.J. Nº 082-94 INRENA (06JUN94)

R.J. Nº 082-94 INRENA (06JUN94)

R.J.Nº 008-95 INRENA (08FEB95)

R.J.Nº 008-95 INRENA (08FEB95)

R.J.Nº 020-95 INRENA (15FEB95)

R.J. Nº 0162-95 INRENA (28DIC95)

R.J. Nº 0162-95 INRENA (28DIC95)

R.J. Nº 08-97 INRENA(27ENE97)

R.J. Nº 08-97 INRENA(27ENE97)

R.J. Nº 031-97 INRENA (07ABR97)

Los permisos para exportación de especímenes de flora y fauna silvestre no constituyen un Contrato de concesión; sino más bien un Contrato de adhesión; y las infracciones en que incurre el titular son de dos tipos : exportar mayor número de especímenes no autorizados o tratar de exportar una especie distinta a la autorizada; actualmente se aplican multas de hasta 50 remuneraciones mínimas mensuales.

El monto por concepto de otorgamiento de permisos de exportación ascendió a 151,162.00 soles

- RECURSO AGUA

Los derechos administrativos de agua han sido otorgados mediante Resoluciones Supremas Ministeriales, Directorales y actualmente Resoluciones Administrativas, ascendiendo estos a un numero de 2,032.

En la actualidad, la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Naturales se encuentra en un proceso de actualización y sistematización de usuarios de agua ( padrón de usuarios) que permita regularizar los derechos administrativos otorgados, pues desde la dación de la Ley General de Aguas en 1969, los usuarios del recurso no adecuaron sus derechos conforme lo dispuesto el articulo 144 de la referida Ley.

Se cuenta con un Estudio Básico Siuacional de los recursos Hídricos, elaborados en 1,992, mediante el cual se estableció una disponibilidad de 2,043,547 Mm3 a nivel nacional en las tres vertientes hidrográficas ( Pacífico, Atlántico y Titicaca) y una demanda de 19,278 Mm3.

Cabe mencionar que la disponibilidad antes señalada, se concentra mayormente en la vertiente del Atlántico, en tanto las zonas de mayor demanda se encuentran en la vertiente del Pacífico.

En materia de recurso hídrico, se aplican sanciones referidas a la calidad del agua, las cuales son aplicadas a través del órgano competente.

Cabe mencionar que por concepto del otorgamiento de derechos de agua no se ha establecido específicamente un cobro, estándose el pago que se efectúa por trámites administrativos al amparo del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Sector. Con anterioridad a esta referencia no se conoce cobro alguno respecto al otorgamiento de derechos en sí, no conociendo por lo tanto la cifra requerida.

(RESOLUCIONES DE LICENCIAS DE USO DE AGUA)

DEPARTAMENTOS

RESOLUCION SUPREMA

RESOLUCION MINISTERIAL

RESOLUCION DIRECTORAL

RESOLUCION ADMINISTRATIVA

TOTAL

Amazonas

Ancash

Apurímac

Arequipa

Ayacucho

Cajamarca

Cuzco

Huancavelica

Huánuco

Ica

Junín

La Libertad

Lambayeque

Lima

Loreto

Moquegua

Pasco

Piura

Puno

Tacna

Tumbes

1

22

2

53

6

9

52

11

0

20

28

40

6

223

1

9

27

8

10

27

11

0

14

3

20

1

5

33

2

5

14

6

36

6

119

1

2

2

4

12

11

2

0

15

4

28

3

11

11

3

5

13

14

58

13

114

0

6

4

2

3

5

0

0

770

0

8

1

4

2

0

0

4

5

4

1

51

0

2

2

0

0

2

0

1

821

9

109

11

29

98

16

10

51

53

138

26

507

2

19

35

14

25

45

13

TOTAL

566

298

312

856

2,032