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DISPOSICIONES   TRANSITORIAS

PRIMERA.- La Comisión Permanente entra en funciones a partir del 28 de julio de 1995, de conformidad con la Decimoquinta Disposición Final y Transitoria de la Constitución. 

SEGUNDA.- Para el periodo anual de sesiones 2000-2001, la Primera Legislatura concluye el 31 de octubre de 2000. La Segunda Legislatura se inicia el 1 de noviembre y finaliza el 15 de junio de 2001.
(Disposición Transitoria incorporada. Resolución Legislativa del Congreso N° 003-2000-CR, publicada el 6 de octubre de 2000).
(Disposición Transitoria modificada. Resolución Legislativa del Congreso N° 004-2000-CR, publicada el 14 de octubre de 2000).
(Disposición Transitoria modificada. Resolución Legislativa del Congreso N° 012-2000-CR, publicada el 16 de diciembre de 2000).