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Pieza Documental del Mes

Ley que dispone erigir un monumento a la heroína María Parado de Bellido, en el pueblo donde nació, como expresión de gratitud nacional

El 28 de octubre de 1963, el Diputado por Ayacucho Luis García Blásquez Lara, presenta el Proyecto de Ley N° 596, que propone erigir un monumento a María Parado de Bellido, en la plaza del Pueblo de Paras, capital del Distrito del mismo nombre, de la Provincia de Cangallo, lugar, donde precisa el autor de la propuesta, nació la heroína peruana y mártir de la independencia del Perú.

En la sesión de la Cámara de Diputados del 29 de octubre de 1963 el Diputado Luis García Blásquez, sustenta su proyecto refiriendo elocuentemente los sucesos que dieron lugar al sacrificio de María Parado de Bellido:

“… he presentado la proposición que se ha dado cuenta en el sentido de levantar un monumento a la máxima heroína María Parado de Bellido, inmolada en la Plaza del Arco de la ciudad de Ayacucho en defensa del derecho de ser libres y en nuestra lucha contra la Corona española por alcanzar nuestra independencia política (…) Como sabemos, en las gestas libertarias le cupo al pueblo ayacuchano una gloriosa participación. Tenemos, señor Presidente, la figura de Basilio Auqui, el morochuco que tuvo a raya a las huestes españolas comandadas por el sanguinario coronel Carratalá. Y como a él, a otros bravos ayacuchanos. Pero quien surge como una estrella de primera magnitud, como la heroína admirada por todos, es María Parado de Bellido, cuya inmolación y sacrificio representan el mensaje permanente y eterno de la mujer peruana en su lucha por la libertad, por el destino y por la dignidad de la humanidad.

Esta mujer, señor Presidente, fue esposa de don Mariano Bellido, quien se alistó en las fuerzas patriotas y tuvo a su mando una columna que operaba en el distrito de Paras. (…) tenía la misión de informar al ejército patriota de los movimientos estratégicos del ejército realista. En esta tarea cumplida a cabalidad por la heroína María Parado de Bellido, las tropas patriotas infringen serias derrotas en la Pampa de Cangallo, en las cercanías de Vilcashuamán, a divisiones del ejército realista. Es así, de acuerdo a informaciones, una vez que Basilio Auqui, derrota prácticamente a una compañía de la división de Carratalá, en la Pampa de Cangallo, se produce el incendio del pueblo de Cangallo, hoy capital de la provincia del mismo nombre, por cuya virtud vino a ser capital de dicha provincia.

Una vez que el ejército realista se ve prácticamente cercado por las fuerzas guerrilleras patriotas, inicia una investigación a fondo para averiguar quién era la persona encargada de dar informes. Así es como cae María Parado de Bellido, por una broma del destino es detenida por un sacerdote español. Cuando es tomada presa la heroína declara con rotundidad que efectivamente sirve a la causa libertadora y que ella es la persona que daba informes del movimiento del ejército realista. Como no sabía leer, se le preguntó que informara quien era la persona que había redactado las cartas enviadas a su esposo Mariano Bellido. Entonces se niega con altivez revelar los nombres de los componentes de esa vasta organización de patriotas ayacuchanos. Rechaza toda clase de ofertas y de amenazas; y así, con paso firme, con paso sereno se dirige hasta la Plazuela del Arco, lugar donde es fusilada…”   

Los Diputados Nicanor Mujica Álvarez Calderón, Benigno Sierralta y Eduardo Villa Salcedo, a nombre de los Grupos Parlamentarios Célula Parlamentaria Aprista, Unión Nacional Odrísta y Demócrata Cristiano, respectivamente, se adhirieron a la propuesta.
El Proyecto de Ley consideraba, además, declarar monumento nacional la casa en el pueblo de Paras, donde nació la heroína y disponiendo su expropiación y reconstrucción.  

La propuesta es admitida a debate y enviada a las Comisiones Ordinarias de Arqueología y Monumentos Históricos y de Presupuesto “B”. Sin embargo, en sesión del 20 de mayo de 1964 a pedido del Diputado García Blásquez, la Cámara  acordó dispensar del trámite de comisión a la propuesta, pasando a la Orden del Día. Es aprobado en sesión de la Cámara de Diputados del 2 de junio de 1964 y enviado para su revisión al Senado de la República que lo aprueba en sesión del 13 de diciembre de 1966.

El 13 de enero de 1967 es promulgado por el Presidente de la República don Fernando Belaunde Terry, como la Ley N° 16400. 

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