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Joyas Documentales 

Pergamino de juramentación del Presidente de la República, don Andrés Avelino Cáceres, ante el Congreso de la República 1894.

Es tradición en el Congreso de la República que la prestación del juramento de ley para la asunción al cargo de Presidente de la República tenga, como constancia de dicho acto, la suscripción de un pergamino que contiene escrito el nombre del mandatario, la fórmula de juramentación(1) y la fecha en que se celebra la transmisión del mando presidencial.

El pergamino de juramentación más antiguo al cargo de Presidente de la República que conserva el Archivo General del Congreso de la República del Perú es el perteneciente a don Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, que suscribió para ejercer su segundo mandato, que iniciara el 10 de agosto de 1894 y que debió culminar en igual fecha en el año de 1898(2).

En la sesión del 4 de agosto de 1894 del Congreso de la República, es proclamado Presidente de la República por haber logrado la mayoría absoluta en las Elecciones Presidenciales de 1894. Posteriormente, en sesión solemne del 10 de agosto del mismo año, prestó el juramento dispuesto en la Constitución de 1860 y el Reglamento Interior de las cámaras Legislativas(3), dejando luego constancia del acto al suscribir el pergamino de juramentación. Del mismo modo, lo suscriben el Senador Secretario Sr. Manuel V. Morote, y el Diputado Secretario, Sr. Ernesto Casanave, quienes lo certifican.

(1) La Constitución de 1828 registra por primera vez en su artículo 87º la fórmula de juramentación que el Presidente de la República debe prestar ante el Congreso de la República para asumir el cargo.

(2) Ejerció su mandato hasta el 20 de marzo de 1895, fecha en que se dictó el decreto de la junta de Gobierno, presidida por Manuel Candamo Iriarte.

(3) El Reglamento Interior de las Cámaras Legislativas, sancionado el 26 de agosto de 1853, señala en su artículo 3º del Capítulo XII que el Presidente de la República jurará ante el Congreso según la fórmula del artículo 86º de la Constitución de 1839, que es el siguiente:

“Yo... juro por Dios y estos Santos Evangelios, que desempeñaré fielmente el cargo de Presidente que me ha confiado la República, que protegeré la Religión del Estado, conservaré la integridad, independencia, y unidad de la Nación, guardaré y haré guardar su Constitución y Leyes.”

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